Fuente: Ministerio de Trabajo
Viceministro de Empleo y Pensiones, Francisco Javier Mejía, destacó ante integrantes de la OCDE, avances de un mayor número de trabajadores afiliados a protección social, tanto asalariados, trabajadores de tiempo parcial, así como igualdad de condiciones laborales para empleados domésticos.
Bogotá, ago. 24/16.- Un informe sobre formalización laboral: acceso a la seguridad social para los trabajadores colombianos, presentó el viceministro de Empleo y Pensiones, Francisco Javier Mejía, a una comisión de expertos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, OCDE, integrada por Monika Queisser, Gandia Robertson, Brenna Dougan y Veerle Miranda.
En lo expuesto se abordaron los avances y retos en la lucha contra la informalidad y las reformas laborales en acceso a la seguridad social, procesos de afiliación y formación del capital humano.
En seguridad social, las políticas han permitido la reducción de la informalidad, en el caso de los asalariados, seguridad social para trabajadores de tiempo parcial e igualdad de condiciones laborales para los y las empleadas del servicio doméstico.
Para los independientes, mecanismos alternativos de protección para trabajadores con ingresos inferiores a un salario mínimo y mayor protección para trabajadores independientes con capacidad de pago a través de afiliación a riesgos laborales; y en otro segmento, se incluye la seguridad social para conductores de taxi.
Positivos resultados ha dado la expedición del Decreto 2616 de 2013, por medio del cual se regula la cotización a seguridad social para trabajadores dependientes que laboran por períodos inferiores a un mes, que para 2014, tenía cotizando un promedio mensual de 11.452 trabajadores y en el segundo año este número aumentó a 21.247.
Así mismo, el Decreto 721 de 2013, que reguló la afiliación de los trabajadores del servicio doméstico al Sistema de Compensación Familiar, que arrojó a marzo 2016 con la afiliación de 104.015 empleadas domésticas afiliadas y hoy cuentan con subsidios y servicios de educación, recreación, turismo, bono de subsidio familiar, subsidio de vivienda y hacen parte del Mecanismo de Protección al Cesante.
Igualmente, la Ley 1788 de 2016: que establece la prima de servicios, correspondiente a un salario por cada año trabajado o su equivalencia, como medida obligatoria para los empleadores.
Para el caso de la Seguridad Social para los conductores de taxi, se remitió el Decreto 1047 de 2014, que establece normas para asegurar la afiliación al Sistema Integral de Seguridad Social de los conductores del servicio público de transporte terrestre automotor individual de pasajeros en vehículos taxi, que logró para finales de 2015 que un poco más de 14.000 taxistas estuvieran cubiertos en seguridad social integral.
DATO LA formalización del empleo está enfocada en el acceso a la seguridad social de trabajadores dependientes e independientes, que tienen los ingresos para acceder a la seguridad social como a los que tienen baja capacidad de ingresos y no pueden acceder.